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26-10-2016

Ejercicio particular de la profesi贸n

Obras Sociales


Estimados Matriculados:

Nos dirigimos a ustedes con el fin de informarles algunas cuestiones relacionadas con el ejercicio particular de nuestra profesión. En este sentido se hace saber la importancia del respeto por las normativas vigentes que regulan nuestro quehacer profesional, aquellas que se encuentran plasmados en los estatutos, y los perjuicios que implica para el conjunto de los colegiados la falta de las mismas.

Nuestro colegio tiene entre algunas de sus funciones, defender los intereses profesionales y gremiales. Para ello se concretan convenios con obras sociales, mutuales y entidades similares para poder contar con bolsas de trabajo colectivas. Tenemos la facultad de velar por condiciones adecuadas que resguarden los derechos de los colegiados.

Pretendemos, en este marco, señalar la relevancia de los siguientes aspectos:

1- recordamos que no corresponde efectuar convenios particulares con obras sociales. 

2- los matriculados que se encuentren inscriptos en nuestro padrón de prestadores tienen prohibido cobrar un plus a sus pacientes. Salvo en aquellos convenios con obras sociales donde se acuerda el pago de un coseguro.

Agradecemos puedan contemplar lo expuesto.

Saludos cordiales.

 

Secretaria Gremial

Secretaria Prensa y Difusión

Obra social