Monotributo

El siguiente link muestra la tabla de monotributo con los valores vigentes a la fecha.

Cuadro de categorías y valores del monotributo


Vencimientos: Las cuotas mensuales vencen el día 20 de cada mes por adelantado (Ej. Período Agosto Vence 20/8).


Importante: El Colegio exige la constancia de empadronamiento en el Monotributo o de inscripción en el IVA, sin cuyo requisito no se liquidarán honorarios profesionales.

NUEVOS  PROFESIONALES / RÉGIMEN DE MONOTRIBUTO PROMOVIDO:

La AFIP reglamentó las actividades promovidas del régimen de Monotributo, incluyendo a los profesionales con menos de dos años de expedición de título  en las siguientes condiciones:

GRADUADOS UNIVERSITARIOS SIEMPRE QUE NO SE HUBIERAN SUPERADO LOS DOS (2) AÑOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE EXPEDICION DEL RESPECTIVO TITULO Y QUE EL MISMO SE HUBIERE OBTENIDO SIN LA OBLIGACION DE PAGO DE MATRICULAS NI CUOTAS POR LOS ESTUDIOS CURSADOS.

Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado (RS) en la condición de TRABAJADORES INDEPENDIENTES PROMOVIDOS deberán ingresar,  hasta el día 20 de cada mes, un importe equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de las operaciones facturadas durante el mes anterior, a cuenta de los aportes previstos en el inciso a) del Artículo 39 del "Anexo" con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

* Nota: Este ingreso es solamente para computar el saldo con destino a los regímenes previsionales nacionales, mientras el profesional esté adherido a la Caja Provincial, y mientras no utilice tampoco alguna de las Obras Sociales Nacionales  NO DEBE INGRESAR IMPORTE ALGUNO por el período del beneficio.   (Dos años desde la Expedición de Título, no interesa la fecha de matriculación)


Obra social