28-07-2020
Las prácticas psicológicas por teleasistencia se encuentran reguladas legalmente.
Estimados/así Matriculados/as:
Les infornamos que se aprobó el Proyecto de Ley por el cual las prácticas psicológicas brindadas a través de plataformas de teleasistencia previamente habilitadas para tal fin, se encuentran reguladas legalmente. Este nuevo escenario legal obliga a las Obras Sociales y Prepagas a autorizar tales prácticas y abonar los honorarios correspondientes. PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA TELEASISTENCIA
No obstante, recordamos el posicionamiento sostenido por el Colegio de Psicólogos de Santa Fe -1 ° Circ.- respecto de la atención remota, considerando que dicha modalidad deberá utilizarse en este contexto particular que nos encontramos por la Pandemia de Covid-19, para aquellas situaciones en donde no pueda implementarse la modalidad presencial; teniendo presente que aún en contexto de Pandemia tanto para comenzar tratamientos nuevos, para la atención de niños y todos aquellos cuadros que por sus características necesiten de la atención presencial, debe implementar ésta.
Superado el contexto de crisis sanitaria entendemos que la forma presencial es lo más pertinente para llevar adelante un espacio de atención psicológica.
Saluda atte. Comisión Directiva.
Obras sociales vinculadas al Colegio
Habilitaciones de consultorio
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